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Convenio de hostelería de Tenerife

La provincia de Santa Cruz de Tenerife tiene convenio de hostelería nuevo desde julio de 2025, vigente hasta junio de 2028. En restauración los salarios suben un 3% al año, con un 0,4% extra por la revisión del IPC, y un camarero de bar o restaurante cobra 1.320,04 € de salario base desde julio de 2026. Repasamos tablas, jornada, nocturnidad y pluses.

 

Cultura hostelera oct. 15, 2026

 

Si tienes un restaurante, un bar o una cafetería en Tenerife, La Palma, La Gomera o El Hierro, el convenio provincial de hostelería fija las condiciones mínimas de tu equipo: salario, jornada, descansos, vacaciones y pluses.

 

En 2026 hay que tener en cuenta un cambio importante: desde julio de 2025 rige un convenio nuevo, el 2025-2028, y muchas guías que circulan por internet todavía explican el anterior. Te contamos qué convenio se aplica hoy, cuánto deben cobrar tus empleados y qué revisar en las nóminas.

 

Camarero sirviendo en la barra de un restaurante en Tenerife

 

 

Qué convenio de hostelería se aplica en Tenerife en 2026

El Convenio Colectivo del Sector de Hostelería de Santa Cruz de Tenerife 2025-2028 está vigente del 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2028. Se publicó en el BOP nº 154 del 22 de diciembre de 2025, y las tablas salariales que faltaban en esa publicación se incorporaron en el BOP nº 4 del 9 de enero de 2026.

 

Sustituye al convenio 2022-2026, que pactaba una subida del 10,25% en cuatro años. Si una guía te habla de esa cifra o de una vigencia hasta 2026, está desactualizada.

 

El nuevo texto se cerró en junio de 2025, después de la huelga de Semana Santa en el sector. Cuando termine su vigencia, seguirá prorrogado hasta que lo sustituya otro convenio.

 

 

¿A quién se aplica este convenio?

Es un convenio de ámbito provincial: se aplica en Tenerife, La Palma, La Gomera y El Hierro. Gran Canaria, Lanzarote y Fuerteventura tienen su propio convenio de hostelería de Las Palmas.

 

Cubre hoteles, apartamentos y demás alojamientos, y también restaurantes, bares, cafeterías, cervecerías, heladerías, comida rápida, pizzerías, catering, colectividades, discotecas y locales de ocio nocturno. Incluye además la categoría de reparto a domicilio en restauración.

 

Lo firmaron las patronales Ashotel y AERO (Asociación de Empresarios de Restauración y Ocio) y los sindicatos Sindicalistas de Base y UGT. Afecta a unos 76.000 trabajadores, de los que unos 42.000 trabajan en restauración y ocio.

 

 

Subidas salariales: restauración frente a alojamiento

La principal novedad del convenio es que restauración y alojamiento tienen subidas distintas:

 

• Restauración y ocio: 3% cada año, un 9% en los tres años de vigencia. Cada subida se aplica el 1 de julio.

 

• Alojamiento: 7% el primer año y 3,25% en el segundo y en el tercero, un 13,5% en total.

 

• Garantía del IPC: si el IPC de la provincia (ISTAC) de julio a junio supera la subida pactada, los salarios se suben hasta cubrir la diferencia, con un límite del 5%.

 

Esa garantía ya se ha activado. El IPC de julio de 2025 a junio de 2026 fue del 3,4%, así que en julio de 2026 la comisión paritaria acordó subir un 0,4% adicional las tablas de restauración con efectos retroactivos al periodo 2025-2026, y aplicar sobre esa tabla el 3% del periodo siguiente. El acuerdo se publicó en el BOP nº 108 del 9 de septiembre de 2026.

 

En la práctica, revisa dos cosas: que las nóminas desde julio de 2026 lleven la tabla nueva y que hayas pagado los atrasos del 0,4% del periodo anterior.

 

«En restauración, la subida de julio de 2026 se calcula sobre la tabla ya revisada con el 0,4% del IPC.»

 

 

Salarios en bares y restaurantes de Tenerife (julio 2026 - junio 2027)

Bares, cafeterías, restaurantes, locales de ocio nocturno y salones recreativos comparten la misma tabla, la clasificación 3D. Estos son los salarios base mensuales brutos del 1 de julio de 2026 al 30 de junio de 2027:

 

Puesto Grupo salarial Salario base mensual
Jefe/a de cocina o de sala 1 1.514,51 €
Primer barman 1 1.514,51 €
Segundo/a jefe/a de cocina o de sala 2 1.411,48 €
Jefe/a de partida 3 1.351,93 €
Jefe/a de sector 3 1.345,51 €
Camarero/a 4 1.320,04 €
Cocinero/a 4 1.307,24 €
Ayudante de camarero 5 1.251,33 €
Ayudante de cocina 5 1.244,93 €
Repartidor/a a domicilio 5 1.244,93 €

 

Se cobran en 14 pagas, con dos pagas extraordinarias. A estas cifras se suman los pluses que correspondan. Los hoteles y pensiones tienen su propia tabla, que depende de la categoría del establecimiento. Antes de aplicar un importe, comprueba el encuadramiento de cada trabajador en la tabla oficial del BOP.

 

 

Jornada, descansos y horas extraordinarias

• Jornada: máximo de 40 horas semanales de trabajo efectivo.

 

• Descanso semanal: dos días consecutivos.

 

• Descanso entre jornadas: mínimo de 12 horas.

 

• Jornada partida: máximo dos turnos al día, de entre 2 y 6 horas cada uno, con al menos 2 horas entre ambos.

 

• Jornada continuada: 30 minutos de descanso para el personal a tiempo completo, que cuentan como trabajo.

 

• Cuadrante: los turnos semanales, con horarios y días libres, se publican con una semana de antelación.

 

• Horas extraordinarias: son voluntarias para el trabajador, con un máximo de 80 al año. Se compensan con descanso en los dos meses siguientes y, si no es posible, se pagan a valor de hora ordinaria.

 

 

Vacaciones, festivos y bolsa de vacaciones

Cada trabajador tiene 30 días naturales de vacaciones al año, que pueden dividirse en dos periodos de al menos 15 días si hay acuerdo.

 

Además, hay 14 festivos al año (12 nacionales y 2 locales). Quien trabaja en festivos por su función elige, al fijar el calendario de vacaciones, una de estas opciones (importes de 2025-2026):

 

• 30 días de vacaciones y una bolsa de vacaciones de 1.534,11 €.

 

• 39 días de vacaciones y una bolsa de 767,07 €.

 

• 48 días de vacaciones y una bolsa de 383,53 €.

 

La bolsa se paga al empezar las vacaciones o en la nómina del mes anterior, y se actualiza cada 1 de julio con la subida del convenio.

 

Cifras clave del convenio de hostelería de Tenerife: subida del 3% anual en restauración, 40 horas semanales, 30 días de vacaciones más 14 festivos y 50% de nocturnidad desde las 22:00

 

 

Plus de nocturnidad

Son horas nocturnas las trabajadas entre las 22:00 y las 06:00, y se pagan con un 50% de recargo sobre la hora normal. El convenio fija dos excepciones:

 

• Jornada continua: las horas entre las 22:00 y las 24:00 se pagan como hora normal.

 

• Trabajo nocturno habitual: si el trabajador hace más de cuatro horas nocturnas de forma habitual, cobra el salario de la categoría inmediatamente superior en lugar del recargo del 50%.

 

Para calcular la hora normal, el convenio divide el total anual devengado por 1.829 horas.

 

 

Pagas extra y pluses

• Pagas extraordinarias: dos, en Navidad (21 de diciembre) y en mayo (entre el 1 y el 15). Cada una equivale a una mensualidad del salario de tabla. Se pueden prorratear si hay acuerdo con la representación de los trabajadores.

 

• Plus de transporte: 937,34 € al año, pagados en 12 mensualidades de 78,11 € (periodo 2025-2026). Quien trabaja en turno partido cobra además 3 € por cada día de turno partido.

 

• Calzado y limpieza de uniforme: 16,51 € al mes por cada concepto (periodo 2025-2026).

 

• Galas de Navidad, Fin de Año y Reyes: 195,67 € por gala (periodo 2025-2026). El 24 de diciembre la jornada termina como máximo a las 22:00, salvo en algunos departamentos de hotel.

 

• Incapacidad temporal: con 12 meses de antigüedad, la empresa complementa la prestación hasta el 100% de la base de cotización.

 

 

Registro de jornada

Encargado revisando el cuadrante del equipo en una tabletEl registro diario de la jornada es obligatorio para todas las empresas desde 2019. El convenio de Tenerife lo concreta: la jornada se registra día a día, se totaliza en cada periodo de pago y el trabajador recibe con la nómina un resumen de sus horas extraordinarias.

 


Con un recargo nocturno desde las 22:00, turnos partidos con plus propio y un máximo de 80 horas extra al año, anotar la entrada y la salida real de cada turno evita errores en la nómina. Un software de TPV puede automatizar ese registro y llevar el cuadrante del equipo.

 

 
 

 

 

¿Cómo se compara con otros convenios de hostelería?

Cada provincia tiene su propio convenio. Si operas en varias zonas o te planteas abrir en otra, esto es lo que cambia:

 

• Convenio de Las Palmas, el otro convenio canario: el convenio 2020-2025 sigue prorrogado en 2026 con una subida del 4% y un recargo de nocturnidad del 25% desde las 00:00.

 

• Convenio de Baleares: el XVII Convenio 2025-2028 pacta una subida del 13,5% en tres años.

 

• Convenio de Málaga: subida acumulada del 17% en 2025-2028 y jornada de 1.800 horas al año.

 

El convenio de hostelería de Tenerife 2025-2028 fija las condiciones del sector hasta junio de 2028, con subidas cada 1 de julio y una cláusula de IPC que ya se ha aplicado en restauración. Para el dueño de un bar o restaurante, lo importante es aplicar la tabla correcta cada julio, encuadrar bien a cada trabajador y registrar las horas nocturnas y extraordinarias. Para el trabajador, es la referencia de sus condiciones mínimas.

 

Mantendremos este artículo actualizado con cada revisión salarial.

 

 

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Preguntas frecuentes convenio Tenerife

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