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Convenio de hostelería de Sevilla

El convenio de hostelería de Sevilla (2025-2028) establece una subida salarial del 17% en cuatro años. En 2026 los salarios suben un 5%. La jornada máxima es de 1.800 horas anuales, hay tres pagas extra y el plus de nocturnidad es del 25%. Las camareras/os de piso reciben un incremento adicional del 1,5% cada año.

 

Cultura hostelera jul. 23, 2026

Si tienes un restaurante, bar o cualquier negocio de hostelería en la provincia de Sevilla, el convenio colectivo del sector es el documento que regula las condiciones laborales de tu equipo: salarios mínimos, jornada, vacaciones, pluses y derechos de los trabajadores.

 

El Convenio Colectivo de Hostelería de Sevilla 2025-2028 entró en vigor en enero de 2025 y se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla el 30 de mayo de 2025. Introdujo una importante actualización salarial y mejoras en las condiciones laborales. En 2026, las tablas salariales se han vuelto a actualizar con el incremento pactado del 5%.

 

En este artículo te explicamos todo lo que necesitas saber sobre el convenio: qué condiciones aplican, cuánto deben cobrar tus empleados y qué novedades trae esta última actualización.

 

 

Situación del convenio de hostelería de Sevilla en 2026

El convenio actual tiene una vigencia de cuatro años, desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2028. Fue firmado por la Asociación de Hoteles de Sevilla, la Asociación Empresarial de Hostelería y las centrales sindicales CCOO y UGT.

 

Sevilla es una de las provincias con mayor peso del sector hostelero en España, impulsada por el turismo de la capital, los grandes eventos y una amplia oferta gastronómica en toda la provincia. Este convenio afecta a miles de trabajadores y establece las condiciones mínimas que deben cumplir todas las empresas de hostelería del territorio.

 

Las tablas salariales actualizadas para 2026 ya están publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia, con el incremento del 5% pactado en el convenio.

 

 

 

¿A qué negocios y trabajadores aplica este convenio?

El convenio es de ámbito provincial y aplica a todas las empresas de hostelería ubicadas en la provincia de Sevilla, independientemente de su tamaño o titularidad.

 

La lista de actividades incluidas es amplia:

 

Hoteles, hostales, pensiones, apartamentos turísticos y albergues

 

Restaurantes, asadores y establecimientos de comidas

 

Cafeterías, bares, tabernas y cervecerías

 

Discotecas, pubs, salas de fiestas y locales de ocio nocturno

 

Catering y servicios de comidas para colectividades

 

Servicios de hostelería en casinos, bingos y salones de juego

 

 

 

Subidas salariales: +17% en cuatro años

Uno de los aspectos más relevantes del convenio es la actualización salarial pactada para el periodo 2025-2028. El acuerdo establece una subida acumulada del 17% en cuatro años, distribuida de la siguiente forma:

 

2025: Incremento del 4% sobre las tablas de 2024.

 

2026: Incremento del 5% sobre las tablas de 2025. Es el año con mayor subida del ciclo.

 

2027: Incremento del 4% sobre las tablas de 2026.

 

2028: Incremento del 4% sobre las tablas de 2027.

 

Estos incrementos afectan a la totalidad de los conceptos económicos del convenio, salvo la antigüedad. Es un esquema muy similar al acordado en otras provincias andaluzas como Málaga.

 

 

 

Refuerzo salarial para camareras y camareros de piso

Una de las novedades más destacadas del convenio de Sevilla es el refuerzo salarial específico para la categoría de camarera/o de piso (Nivel 3 Bis). Además de las subidas generales, este colectivo recibe un incremento adicional del 1,5% cada año durante los cuatro años de vigencia del convenio.

 

El objetivo es equiparar progresivamente el salario de este puesto con el del Nivel 3 regular, reconociendo la carga y las condiciones específicas de este trabajo, que se realiza principalmente en hoteles y alojamientos turísticos.

 

Este incremento adicional no puede superar los salarios establecidos para el Nivel 3. Es una medida especialmente relevante en un territorio como Sevilla, con un peso muy importante del sector hotelero.

 

 

 

 

Jornada laboral y descansos

El convenio establece una jornada máxima de 1.800 horas anuales de trabajo efectivo, lo que equivale aproximadamente a 40 horas semanales.

 

En cuanto a los límites diarios y semanales:

 

Jornada ordinaria: Máximo 8 horas diarias y 40 horas semanales.

 

Con bolsa de horas irregular: Máximo 10 horas diarias y 50 horas semanales. La bolsa es de 180 horas y solo puede utilizarse en los periodos febrero-mayo y septiembre-diciembre.

 

 

En cuanto a los descansos:

 

Pausa en jornada continuada: 20 minutos, computables como tiempo de trabajo efectivo.

 

Descanso semanal: 1,5 días para centros con 25 trabajadores fijos o menos. 2 días para centros con más de 25 trabajadores fijos.

 

Vacaciones: 30 días naturales al año. Mínimo de 17 días garantizados entre el 1 de junio y el 30 de septiembre. En centros de más de 50 trabajadores, 21 días continuados en ese periodo.
 

 

 

Pagas extraordinarias

El convenio de Sevilla establece tres pagas extraordinarias al año, cada una equivalente a 30 días de salario base más la antigüedad:

 

Paga de primavera: Se abona antes del 1 de abril.

 

Paga de julio: Se abona en el mes de julio.

 

Paga de diciembre: Se abona en el mes de diciembre.

 

Las pagas pueden prorratearse por acuerdo entre empresa y trabajador. El salario se reparte en 15 pagas anuales (12 mensuales más 3 extraordinarias).

 

 

 

Complementos salariales y pluses

Además del salario base y las pagas extra, el convenio contempla varios complementos:

 

Plus de nocturnidad: Trabajo parcial entre las 22:00 y las 6:00 con recargo del 25% sobre la hora ordinaria. Para jornadas específicamente nocturnas (que empiezan tras las 22:00), el recargo es del 20% sobre el salario base.

 

Plus Convenio: Equivalente a 20 días de salario base más antigüedad. Se paga el 15 de octubre, con devengo del 15 de octubre del año anterior al 14 de octubre del año en curso.

 

Plus de asistencia: Equivalente a 10 días. En trabajadores fijos-discontinuos se liquida en enero de forma proporcional.

 

Plus de manutención: Compensación económica para trabajadores que no disfrutan de la comida en el establecimiento.

 

Complemento de antigüedad: Complemento que aumenta con los años trabajados en la empresa.

 

Ayudas sociales: El convenio incluye ayudas específicas, como una ayuda por hijo/a con discapacidad.

 

 

 

Horas extraordinarias

Las horas extraordinarias tienen una compensación importante en el convenio de Sevilla. El trabajador puede elegir entre:

 

Compensación económica: Con el recargo pactado sobre el salario/hora ordinario.

Compensación en descanso: Tiempo de descanso equivalente a las horas trabajadas más el recargo correspondiente.

 

El límite legal de horas extraordinarias es de 80 al año, según establece el Estatuto de los Trabajadores.
 

 

 

 

Calendario laboral y cuadrantes

El convenio establece normas específicas sobre la elaboración del calendario laboral y los cuadrantes de turnos, con plazos concretos de comunicación al trabajador. Llevar un buen control de los turnos y el registro de jornada es fundamental para cumplir con el convenio.

 

Un software de TPV puede ayudarte a gestionar los horarios y automatizar el registro de jornada de tu equipo.
 

 

 

¿Cómo se compara con otros convenios de hostelería?

Cada provincia tiene su propio convenio de hostelería, con diferencias en salarios, jornada y complementos. Si operas en varias zonas o estás pensando en expandirte, te puede interesar comparar:

 

Convenio de hostelería de Málaga: Mismo esquema de subidas (+17% en 4 años) y misma jornada (1.800 horas).

 

Convenio de hostelería de Valencia: Jornada de 1.794 horas anuales, plus de nocturnidad del 20%.

 

Convenio de hostelería de Baleares: El XVII Convenio 2025-2028 incluye una subida del 13,5% en cuatro años.

 

Convenio de hostelería de Bizkaia: Jornada de 1.746 horas anuales, tres pagas extra.

 

 

El convenio de hostelería de Sevilla 2025-2028 supone una mejora significativa para los trabajadores del sector en una provincia clave para la hostelería española. La subida acumulada del 17% en cuatro años, junto con el refuerzo específico para camareras y camareros de piso y las mejoras en jornada y descansos, busca adaptar las condiciones laborales a la realidad de un sector fundamental para la economía sevillana.

 

Para los empresarios, conocer el convenio es fundamental para gestionar correctamente nóminas, horarios, contratación y registro de jornada. Para los trabajadores, es la herramienta que garantiza sus derechos y condiciones mínimas.

 

En los próximos años habrá nuevas actualizaciones salariales (4% en 2027 y 4% en 2028). Mantendremos este artículo actualizado con las novedades que se produzcan.

 

 

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