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Un restaurante no puede cobrarte el cubierto, el agua del grifo, un suplemento por reserva ni cargos que no aparezcan en la carta. Los precios deben incluir siempre el IVA. Como consumidor, conviene conocer estos derechos. Como hostelero, la clave está en informar bien de todo lo que se cobra.
Cada cierto tiempo aparecen en redes sociales quejas de clientes que descubren cargos extraños en la cuenta de un restaurante: el cubierto, el hielo del refresco, un suplemento por reserva, propinas obligatorias... Algunos son legales si se informan bien, pero otros están directamente prohibidos por la normativa española.
Conocer estos límites es útil tanto para el consumidor (para saber cuándo puede reclamar) como para el hostelero, para evitar problemas y sanciones que pueden llegar a ser importantes. En este artículo repasamos qué cosas no te pueden cobrar en un restaurante, qué sí se puede cobrar si se avisa correctamente y cómo evitar líos.
Las normas que regulan qué puede o no cobrar un restaurante son principalmente dos:
• Real Decreto Legislativo 1/2007, Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios: Establece que la información sobre precios debe ser completa, clara y accesible, con todos los impuestos incluidos.
• Ley 7/2022 de Residuos y Suelos Contaminados: Obliga a los establecimientos de hostelería a ofrecer agua del grifo gratis a sus clientes.
A esto se suman las normativas autonómicas de defensa del consumidor, que en algunos casos añaden matices o refuerzan estas normas generales.
Estos son los cargos que, según la normativa vigente, no se pueden aplicar en la cuenta:
Cobrar un importe fijo por "cubierto" o "servicio" no es legal. Estos gastos (mantel, servilletas, cubiertos, el propio servicio de mesa) se consideran incluidos en el precio de los platos y no pueden facturarse como concepto aparte. Es uno de los cargos que más denuncias genera.
Desde la entrada en vigor de la Ley de Residuos, todos los establecimientos de hostelería están obligados a ofrecer agua del grifo de forma gratuita. Y no solo un vasito: aplica también a jarras o recipientes reutilizables. El cliente puede pedirla y el restaurante no puede cobrarla ni negarse a servirla.
Es habitual en marisquerías o restaurantes de pescado ver la etiqueta "S/M" o "según mercado" en algunos productos. Sin embargo, la ley obliga a mostrar el precio final concreto en la carta. Aunque el precio pueda variar, en cada momento el cliente debe poder conocerlo antes de pedir.
Cobrar un extra por haber hecho una reserva no es legal. Sí es legítimo pedir un anticipo o depósito que después se descuenta de la cuenta final, pero no puede aplicarse un recargo adicional por el mero hecho de reservar mesa.
La ley es clara: los precios que aparecen en la carta deben incluir todos los impuestos. No es legal indicar el precio "sin IVA" y añadirlo al final en la cuenta como un cargo extra. Lo que ve el cliente en la carta debe ser exactamente lo que pagará.
La propina es voluntaria por definición. Nadie puede obligar al cliente a dejarla, ni un restaurante puede incluirla automáticamente en la cuenta sin autorización expresa. Los llamados "cargos por servicio" que en realidad son propinas obligatorias son ilegales.
El hielo de un refresco, la leche de un café o cualquier otro elemento que forme parte esencial del producto no puede facturarse aparte. Estos elementos están incluidos en el precio de la bebida que se cobra.
Si un restaurante trae aperitivos a la mesa sin que el cliente los haya pedido, solo puede cobrarlos si están claramente indicados en la carta con su precio. Si el cliente los consume desconociendo que se pagan, el cobro puede considerarse abusivo. En caso de duda, siempre puedes preguntar antes de tocarlos.
Un restaurante no puede negarse a aceptar efectivo en pagos inferiores a 1.000 euros. La Ley 11/2021 permite el pago en efectivo por debajo de ese importe, y la negativa puede considerarse una infracción. Sí pueden avisar de que no aceptan billetes de 200 o 500 euros, algo que sí está permitido.

No todo lo que puede sorprender en la cuenta es ilegal. Estos son algunos ejemplos de cargos que sí son legítimos si se informa correctamente:
• El pan: Se puede cobrar si el precio aparece en la carta, ya sea por comensal o por unidad. Si es por unidad, el cliente puede rechazar más piezas para no aumentar el gasto.
• Suplemento por terraza: Es legal aplicar un precio diferente en la terraza respecto a la barra o el interior, pero debe indicarse en la carta y ser una cantidad concreta, no un porcentaje ambiguo.
• Aperitivos anunciados: Si el aperitivo aparece en la carta con su precio, cobrarlo es legítimo.
• Cambio de bebida en menú: Si el cliente cambia la bebida incluida en el menú por otra de mayor precio, se puede cobrar el suplemento correspondiente, siempre que se avise.
La regla es clara: si aparece en la carta con su precio, se puede cobrar. Si no aparece, no.
Si tienes un restaurante o un bar, estos cargos abusivos pueden derivar en reclamaciones, malas reseñas y sanciones económicas. Algunos consejos para evitarlos:
• Revisa tu carta: Asegúrate de que todos los precios están detallados, con IVA incluido y sin conceptos ambiguos.
• Informa antes de servir: Si vas a traer aperitivos, pan o cualquier extra que no haya pedido el cliente, avisa de que tiene coste y cuánto.
• Ofrece siempre agua del grifo: Es obligatorio y gratis. No pongas objeciones cuando el cliente la pida.
• Nunca incluyas propina en la cuenta: Deja que el cliente decida si dejarla y cuánto.
• Acepta efectivo por debajo de 1.000 euros: Aunque prefieras cobros digitales, no puedes negarte a aceptarlo.
• Explica los suplementos: Si hay diferencia de precio entre barra y terraza, o extras por cambios en el menú, comunícalo con claridad antes de tomar la comanda.
La normativa española protege al consumidor frente a cargos abusivos en restaurantes, pero también da margen al hostelero para cobrar lo que considere razonable, siempre que lo informe correctamente. La clave está en la transparencia: si el cliente sabe de antemano qué va a pagar y por qué, no habrá problema.
Como hostelero, revisar la carta y ajustar las prácticas del local a la normativa es una inversión pequeña que evita conflictos y protege la reputación del negocio. Como consumidor, conocer estos derechos permite pedir la cuenta con más tranquilidad y reclamar cuando algo no cuadra.
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