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Resumen claro del convenio de hostelería en Madrid: vigencia, jornada (1.800 h), descansos, tablas, pluses y claves operativas.
El convenio de hostelería de la Comunidad de Madrid fija las reglas laborales del sector (jornada, descansos, salarios, pluses, etc.) y es de aplicación a empresas y personas trabajadoras de hostelería y restauración ubicadas en la región. Es el marco al que debes acudir para cuadrar horarios, nóminas, vacaciones y complementos.
El texto vigente contempla una revisión escalonada: +6% (2023), +5% (2024) y +4% (2025) sobre los conceptos salariales y extrasalariales, salvo los expresamente no revisables. Esto significa que las tablas y los pluses vinculados a salario base se actualizan conforme a esos porcentajes.
Las empresas deben abonar los atrasos derivados de estas revisiones dentro del plazo indicado tras la publicación oficial.
La jornada máxima anual es de 1.800 horas de trabajo efectivo; el máximo semanal es 40 horas, con tope diario de 8 horas y 12 horas mínimas entre final e inicio de jornada. La jornada no podrá dividirse en más de dos periodos en caso de partido. El convenio prevé fórmulas de flexibilización diferenciando centros con menos y con 50 o más trabajadores para facilitar la operativa real del negocio.
En la práctica:
- Planifica por temporadas (primavera/verano/otoño/invierno) y publica cuadrantes con antelación.
- Identifica puestos críticos (pase, plancha, barra, office) antes de conceder bloques largos de descanso.
- Mantén registro fiable de jornada y descansos para superar inspecciones sin incidencias.
El convenio define la estructura salarial (salario base + complementos) e incorpora conceptos como pagas extraordinarias (junio y diciembre), nocturnidad, manutención, plus convenio/permanencia y otros complementos previstos.
- Pagas extras: devengo y cobro en junio y diciembre.
- Nocturnidad: recargo específico sobre el salario base (1% entre 22:00–00:00 y 25% entre 00:00–08:00) con fórmulas de cálculo detalladas y regla de jornada “toda nocturna” si se trabajan ≥5 horas en ese tramo.
- Manutención: derecho como complemento en especie para las categorías indicadas, con importe monetario alternativo que asciende en 2023–2025 (por ejemplo, 57,82 €/mes en 2025).
Cómo leer las tablas 2025 (ejemplo práctico):
Las tablas fijan el salario base mensual por tipo de empresa y nivel. A modo de referencia, en 2025 el Nivel IV (tipo A) sitúa su base en 1.217,99 €/mes (14 pagas). Úsalo como punto de partida para calcular nocturnidad, vacaciones y extras cuando correspondan.

El convenio detalla el llamamiento para fijos discontinuos (incluido tiempo parcial), con mínimos anuales y reglas de proporcionalidad según el periodo de contratación. Además, se prevé que la Comisión Paritaria revise datos sectoriales y adapte condiciones de esta modalidad conforme a la realidad del empleo en hostelería madrileña. Documentar llamamientos y rechazos fehacientes evita conflictos y sanciones.
- Nómina: aplica la tabla 2025 correcta según nivel y tipo de empresa; incorpora medias para nocturnidad/manutención cuando proceda.
- Cuadrantes: respeta 1.800 h/año, descansos y límites diarios/semanales; guarda histórico firmado.
- Nocturnidad: calcula con las fórmulas del convenio; si hay ≥5 h nocturnas, computa toda la jornada como tal.
- Fijos discontinuos: conserva pruebas de llamamiento y criterios de rotación; aplica los mínimos anuales.
- Manutención: si sustituyes por importe en metálico, usa los valores del año y regístralo en nómina.
Este convenio te da el mapa para gestionar personas en hostelería en Madrid con seguridad jurídica y control de costes. Conoce tus límites de jornada, aplica bien tablas y pluses 2025, y deja por escrito cómo organizas turnos, descansos y llamamientos. Así reduces riesgos en inspección y mejoras la estabilidad del equipo sin comprometer la rentabilidad del negocio.