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El convenio de hostelería de Alicante (2023-2026) afecta a más de 40.000 trabajadores. En 2026 los salarios suben un 2%, la última revisión del ciclo. Los salarios anuales van de unos 19.000 € a más de 25.000 € según categoría. Hay tres pagas extra al año y condiciones específicas para fijos-discontinuos, una figura muy relevante en una provincia con fuerte estacionalidad turística.
Si tienes un restaurante, bar o cualquier negocio de hostelería en la provincia de Alicante, el convenio colectivo del sector es el documento que regula las condiciones laborales de tu equipo: salarios mínimos, jornada, vacaciones, pluses y derechos de los trabajadores.
El Convenio Colectivo de Hostelería de Alicante 2023-2026 entró en vigor en octubre de 2023 y está vigente durante todo 2026, su último año. Las tablas salariales de 2026 ya han sido publicadas con el incremento del 2% previsto, la última revisión del ciclo.
En este artículo te explicamos todo lo que necesitas saber sobre el convenio: qué condiciones aplican, cuánto deben cobrar tus empleados y qué particularidades tiene una provincia con tanta hostelería estacional como Alicante.
El convenio actual tiene una vigencia de cuatro años, desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2026. Fue firmado por las principales asociaciones empresariales del sector en la provincia (APHA, APEHA, HOSBEC y AEHTMA) y las centrales sindicales UGT y CCOO.
Este convenio afecta a más de 40.000 trabajadores del sector en la provincia y establece las condiciones mínimas que deben cumplir todas las empresas de hostelería del territorio, independientemente de su tamaño.
Alicante es una de las provincias españolas con mayor peso de la hostelería, impulsada por un turismo muy potente en localidades como Benidorm, Torrevieja, Guardamar, Dénia o Altea. Ese peso se traduce en un mercado laboral con particularidades importantes, sobre todo en materia de estacionalidad, que el convenio recoge de forma expresa.
El convenio es de ámbito provincial y aplica a todas las empresas de hostelería ubicadas en la provincia de Alicante, con independencia de su tamaño o titularidad.
La lista de actividades incluidas es amplia:
• Hoteles, hostales, pensiones, apartamentos turísticos y campings
• Restaurantes, chiringuitos y establecimientos de comidas
• Cafeterías, bares, tabernas y cervecerías
• Discotecas, pubs, salas de fiesta y locales de ocio nocturno
• Catering y servicios de comidas para colectividades
• Servicios de hostelería en zonas turísticas y de ocio
El convenio contempla incrementos progresivos durante toda su vigencia:
• 2024: Incremento del 3% sobre las tablas anteriores.
• 2025: Incremento del 3% sobre las tablas de 2024.
• 2026: Incremento del 2% sobre las tablas de 2025. Es la última subida del ciclo.
Además, el convenio incluye una cláusula de revisión por si el IPC anual acumulado supera determinados umbrales, para compensar posibles desviaciones.
Con estas subidas, los salarios anuales del convenio se sitúan entre 18.999 € para las categorías de entrada y 25.424 € para las jefaturas en hoteles de cuatro y cinco estrellas. Los salarios de la mayoría de categorías se encuentran en la franja intermedia de esa horquilla, con complementos añadidos.
El convenio organiza los puestos en grupos profesionales, cada uno con distintos niveles. La mayoría de puestos de sala, cocina y ayudantía están en el Grupo B, con niveles que van desde el Nivel 6 (auxiliares y limpieza) hasta el Nivel 1 (categorías más cualificadas).
A modo de referencia, un camarero o camarera de sala se encuadra en el Nivel 3 del Grupo B, con un salario en la franja intermedia del convenio y complementos correspondientes según su antigüedad y responsabilidades.
Las jefaturas de departamento en hoteles de mayor categoría (4 y 5 estrellas) son las que ocupan la parte alta de la horquilla, con salarios que pueden superar los 25.000 € anuales en 14 pagas.
El convenio establece una jornada máxima anual acorde con la normativa general del sector, con un promedio semanal de 40 horas. La distribución concreta puede adaptarse a la realidad estacional del negocio, siempre respetando los descansos obligatorios.
Los descansos principales son:
• Pausa durante la jornada: 15-20 minutos en jornadas superiores a 6 horas.
• Descanso semanal: Día y medio ininterrumpido, ampliable en algunos casos.
• Vacaciones: 30 días naturales al año.
El convenio también permite la distribución irregular de la jornada a lo largo del año, siempre que se respete el cómputo anual y se acuerde con la representación de los trabajadores. Esta flexibilidad es clave en una provincia con temporadas altas y bajas muy marcadas.
El convenio de Alicante contempla tres pagas extraordinarias al año:
• Paga de julio: Coincidiendo con el arranque de la temporada alta.
• Paga de octubre: Fija en el convenio de Alicante, no habitual en otros convenios.
• Paga de diciembre: Al final del año, con las cifras habituales.
Los trabajadores que no hayan completado el periodo devengado cobrarán la parte proporcional. Las pagas pueden prorratearse por acuerdo entre empresa y trabajador.

Una de las particularidades más importantes del convenio de Alicante es cómo aborda la estacionalidad turística de la provincia.
En localidades como Torrevieja, Guardamar del Segura, Dénia o Benidorm, la ocupación durante los meses de junio a septiembre puede triplicar la del invierno. Muchos negocios trabajan con mucha intensidad en verano y apenas mantienen actividad el resto del año.
El convenio reconoce esta realidad y establece condiciones específicas para los trabajadores fijos-discontinuos, una categoría muy habitual en la provincia. Estos trabajadores tienen un contrato permanente pero prestan servicio solo durante determinadas épocas del año, con llamamiento y regreso al puesto en cada nueva temporada.
El convenio recoge sus derechos en materia de:
• Antigüedad computable
• Llamamiento ordenado por orden de antigüedad
• Comunicación previa de la fecha de incorporación
• Igualdad de condiciones respecto a los trabajadores fijos ordinarios
Para los empresarios, gestionar bien las contrataciones fijas-discontinuas es fundamental para operar de forma legal y previsible en un mercado tan marcado por la temporalidad.
Además del salario base y las pagas extra, el convenio contempla varios complementos:
• Plus de nocturnidad: Recargo por horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00.
• Complemento de antigüedad: Se calcula por años trabajados en la empresa.
• Plus de manutención: Compensación para trabajadores que no disfrutan de comida en el centro.
• Otros pluses: Categoría, vestuario y responsabilidad, según el puesto.
El registro diario de la jornada es obligatorio para todas las empresas desde 2019. En un sector con turnos rotativos y jornadas irregulares como la hostelería, cumplir con esta obligación puede ser exigente.
Un buen software de TPV te permite automatizar el registro de jornada, gestionar los cuadrantes y llevar un control real de las horas trabajadas por cada miembro del equipo, minimizando el riesgo de sanciones y facilitando las nóminas.
Cada provincia tiene su propio convenio de hostelería, con diferencias en salarios, jornada y complementos. Si operas en varias zonas o estás pensando en expandirte, te puede interesar comparar:
• Convenio de hostelería de Valencia: Jornada de 1.794 horas anuales, plus de nocturnidad del 20%.
• Convenio de hostelería de Málaga: Subida acumulada del 17% en cuatro años (2025-2028)
• Convenio de hostelería de Baleares: El XVII Convenio 2025-2028 incluye una subida del 13,5% en cuatro años.
• Convenio de hostelería de Bizkaia: Jornada de 1.746 horas anuales, tres pagas extra.
El convenio de hostelería de Alicante 2023-2026 cierra su ciclo en un año clave para la hostelería provincial. Con una subida final del 2%, tres pagas extra y un tratamiento específico para los fijos-discontinuos, el texto responde a las particularidades de una provincia con una hostelería marcadamente estacional.
Para los empresarios, conocer el convenio es fundamental para gestionar correctamente nóminas, horarios y contratación, especialmente en las localidades más turísticas. Para los trabajadores, es la garantía de unas condiciones mínimas que se aplican por igual a todo el sector.
A partir del 1 de enero de 2027 se abrirá una nueva fase de negociación.
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