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¿Cómo se pagan los días festivos en España?

Así se pagan los festivos en España, qué pasa si te toca trabajarlos, diferencia con los domingos y cómo se compensa si coincide con tu descanso.

 

Libro blanco de la hostelería nov. 28, 2025

En España los días festivos son retribuidos y no recuperables. Ahora bien, en muchos negocios —especialmente en hostelería y comercio— se trabaja algunos festivos: en ese caso entra en juego el descanso compensatorio o el plus económico que marque el convenio. Aquí tienes un resumen práctico para nóminas, cuadrantes y dudas habituales.

 

Lo esencial a tener en cuenta

- 14 festivos al año (2 locales). Son pagados y no se recuperan

- Si no trabajas el festivo, cobras tu salario como un día normal

- Si trabajas un festivo: o descansas otro día o cobras un plus (lo define el convenio; si no hay regulación, se aplica el criterio general clásico del +75% salvo descanso compensatorio). 

- Domingo ≠ festivo: el pago especial del domingo depende del convenio del sector/empresa.

 

Festivo no trabajado: así se retribuye

Cuando el festivo coincide con un día que te tocaba ir a trabajar y la empresa no abre, cobras igualmente (no se descuenta ni se tiene que “recuperar”). Si tu jornada se distribuye de forma irregular o a turnos, el objetivo es que disfrutes el mismo número de festivos que el resto del personal, sin perderlos por el calendario. 

 

Festivo trabajado: descanso compensatorio o plus

La regla es binaria y la fija tu convenio:

- Descanso compensatorio equivalente (un día por cada festivo trabajado).

- Plus por festivo (porcentaje sobre salario base u horas festivas) o importe por día, según convenio.

Si el convenio no concreta, rige el criterio tradicional: abono de las horas festivas con recargo del 75% como mínimo, salvo que te den descanso compensatorio.

 

Ejemplo exprés (orientativo):

- Salario hora ordinaria: 10 €.

- Trabajas 8 h un festivo sin descanso compensatorio.

- Abono adicional: 8 h × 10 € × 75% = 60 € de plus festivo (además de tu salario semanal).

 

Domingos vs. festivos: qué cambia en hostelería

El domingo no es automáticamente festivo. En hostelería y comercio suele trabajarse domingo y festivo; la diferencia es:

- El festivo está reconocido en la ley como retribuido y no recuperable. Si lo trabajas, hay compensación. 

- El domingo se retribuye según convenio: puede haber plus dominical, turnicidad o nada especial si el domingo es día ordinario de tu cuadrante.

 

¿Y si el festivo coincide con tu descanso semanal o con vacaciones?

El descanso semanal y los festivos son derechos distintos. Si se solapan, los tribunales vienen exigiendo que la empresa compense (por ejemplo, dando otro día o abonando según convenio), para que no pierdas el festivo. También hay criterios en esa línea cuando el festivo cae en vacaciones, según el convenio y la doctrina aplicable.

 

Cómo plasmarlo bien en nómina y cuadrantes (checklist operativo)

Calendario: marca los 14 festivos del año y señala qué centros abren. 

Cuadrantes: anota quién disfruta del festivo y quién lo trabaja, y deja la traza del descanso compensatorio.

Nómina:
si hay plus festivo, desglósalo (importe/hora o porcentaje) y no lo mezcles con otros pluses (nocturnidad, turnicidad). 

Domingos: aplica la regla del convenio (puede haber plus dominical o no). 

Coincidencias: cuando festivo = descanso, registra la compensación (día extra o abono).

 

La clave está en distinguir: los festivos son pagados y no recuperables; si se trabajan, se compensan con descanso o plus, y el domingo depende del convenio. Para que no haya conflictos, deja todo reflejado en cuadrantes y nóminas con transparencia.

 

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